ARCHIVED 3.3.5. La elaboración de expedientes terminológicos

 

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El expediente terminológico incorpora toda la información reunida a lo largo de la investigación terminológica. En él se incluyen los términos y las pruebas textuales (definiciones, contextos, ejemplos de uso, fraseología), las observaciones del terminólogo u opiniones de los especialistas en ese campo; además de las referencias a las fuentes de donde proviene la información.

Agrupar toda la información recabada es la etapa más delicada y compleja del análisis terminológico puesto que debe analizar la información relativa a los rasgos semánticos del concepto, determinar la corrección de los términos que lo designan (y formular una definición llegado el caso) y seleccionar las pruebas textuales más pertinentes que serán consignadas en una ficha para su presentación a un comité de armonización o normalización, o para su publicación.

En terminología comparada, el expediente terminológico incluye un componente para cada una de las lenguas analizadas.

Para cada prueba textual se incluyen remisiones a la documentación que se ha consultado o utilizado para la extracción de términos. Este expediente puede constituirse en formato impreso o electrónico y puede abarcar una sola ficha o convertirse en una auténtica colección de textos relativos a un tema determinado. Asimismo, usted puede utilizar el expediente terminológico para producir un documento unilingüe que sintetice los resultados de un análisis terminológico, y que algunos bancos de terminología ponen a disposición de los usuarios mediante una opción de consulta. En TERMIUM Plus®, por ejemplo, este documento se denomina "expediente complementario". A continuación se presenta un ejemplo de expediente complementario.

persona con discapacidad vs minusválido, inválido, impedido

Leandro Despouy en el informe Los derechos humanos y las personas con discapacidad, publicado por la ONU en 1993, menciona que la fuerte controversia que existe en español por cambiar la terminología y en consecuencia la ideología de las personas con respecto a las "personas con discapacidad" no parece plantearse con igual vigor en otros idiomas. En español, dice Despouy, existe una multiplicidad de términos para designar a las personas con discapacidad: "minusválidos", "inválidos", "impedidos", "incapacitados", etc., si bien cada expresión tiene su propia connotación, algunas veces se usan en forma indistinta y en muchos casos entrañan una verdadera desvalorización de la persona.

Así pues, la "minusvalía", según la Real Academia de la Lengua Española, implica una disminución del valor de algo o alguien; la "incapacidad", la falta de capacidad para hacer o aprender una cosa.

María Moliner, en su Diccionario de Uso del Español, consigna al término "impedido" como sinónimo de inútil, mientras que Despouy comenta que la palabra "inválido" quiere decir "falto de valor".

En un contexto donde lo "políticamente correcto" gana cada vez mayor importancia y donde se tiende a desalentar toda referencia que califique a la persona mediante sus limitaciones funcionales, Despouy propone utilizar el término "persona con discapacidad".

Despouy recomienda "discapacidad" (palabra formada con el prefijo dis que señala una distinción o una diferencia) por reflejar con mayor claridad y rigor científico una capacidad distinta de la normal. Además sugiere que al anteponer a la palabra "discapacidad" la expresión "persona con" se evita toda connotación peyorativa pues, al no sustantivar adjetivos como deficiente o discapacitado, se salvaguarda la sustantividad de la persona y el carácter adjetivo de la discapacidad.

G.G. –20012106